La Ley 12/2004, de 27 de diciembre, de medidas financieras de Cataluña (DOGC nº 4292, 31-12-2004) ha modificado el plazo de presentación de los hechos imponibles sujetos al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados realizados a partir de 1 de enero de 2005.
Así, en su artículo 13.1 se señala que:
Por los hechos imponibles sujetos al impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados realizados a partir de 1 de enero de 2005 el plazo de presentación de la autoliquidación, junto con el documento o la declaración escrita sustitutiva del mismo, es de un mes a contar de la fecha del acto o del contrato.”
La modificación no es tema baladí, ya que se ha pasado de un plazo de treinta días hábiles a un plazo de un mes, con lo cual habrá que tener presente este nuevo plazo si no se quiere incurrir en recargos tributarios e infracciones.